A continuación os dejamos la nota publicada por la Dirección General de la Policía Nacional ( Ministerio del interior), sobre los nuevos resguardos que entregarán a los solicitantes de protección internacional una vez se reanude la formalización de solicitudes. En el mismo se aprecia que su periodo de validez se modifica a 9 meses, autorizando a trabajar en el tiempo que establece la ley.
NOTA SOBRE EL NUEVO RESGUARDO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL La tendencia al alza del número de solicitudes de protección internacional en España es especialmente significativa, lo que ha exigido una adecuación de medios, protocolos y personal dedicado a su tramitación. Este incremento ha generado en la misma proporción un aumento en la expedición del documento acreditativo de la condición de solicitante, en tramitación, Protección internacional (tarjeta roja). Con el fin de reducir las listas de espera que origina la expedición de dicho documento se ha modificado el periodo de validez del Resguardo de Presentación de Solicitud de Protección Internacional hasta los 9 meses, incorporando al mismo el permiso de trabajo en el tiempo prescrito por ley. Dicho resguardo entrará en vigor, a partir del momento de la reanudación de la formalización de las solicitudes de Protección Internacional en territorio español. Se adjunta modelo del nuevo Resguardo de Presentación de Solicitud de Protección Internacional.
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